Estudio Jurídico Lavin & Cía. Abogado en Concepción
En los últimos años el incremento de demandas de indemnización de perjuicios por negligencias médicas, ha provocado un efecto social de proporciones, reflejado en la cobertura periodística de casos emblemáticos difíciles de olvidar. Si cree estar frente a una negligencia médica debe reunir todos los antecedentes necesarios para realizar un estudio de factibilidad del caso. Una vez efectuado este estudio, si se trata de un establecimiento público, se debe interponer reclamo ante el Consejo de Defensa del Estado, ahora bien, si se trata de una clínica privada, se debe recurrir a la Superintendencia de Salud para comenzar el proceso de mediación.
El proceso de mediación dura 60 días, prorrogable por otros 60 días, es un proceso sin forma de juicio donde se evalúan los antecedentes y se trata de lograr un acuerdo indemnizatorio. Si fracasa la gestión de mediación se comenzarán con la gestiones destinadas a interponer la demanda civil, puesto que, la ley exige que para poder interponer una demanda por negligencia médica se lleve a efecto previamente una mediación. Si no se acompaña a la demanda el acta de fracaso de mediación, el juez civil no admitirá a tramitación su demanda.
Las querellas pueden interponerse directamente en los Juzgados de Garantía sin necesidad de haber participado previamente de la mediación.
Generalmente las Clínicas invocan para eximirse de toda responsabilidad que los médicos no forman parte de sus profesionales contratados y que sólo ocupan las dependencias para tratamiento de sus pacientes particulares. Sin embargo existen numerosos fallos de nuestros tribunales cuya información puede ser obtenida a través de Internet donde queda establecido que en estos casos si existe responsabilidad del establecimiento de salud.